Ordenan al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura informar anomalías

18 enero, 2019 • Ciudad de México
Ordenan al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura informar anomalías

En los próximos 30 días hábiles se revelarán los informes completos de las cuatro auditorías hechas al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBA) —hoy dirigido por Lucina Jiménez— entre 2015 y 2017, periodo en el que la Secretaría de la Función Pública (SFP) detectó irregularidades.

Así lo dio a conocer ayer el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). Las auditorías se refieren al otorgamiento de prestaciones, registro del parque vehicular y bienes muebles donados (al INBA), la revisión de los procesos de adjudicación en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios; y la verificación al cumplimiento de contrataciones en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios.

Al respecto, el comisionado presidente, Francisco Javier Acuña, señaló que no tiene cabida la reserva de la información requerida, ya que se trata de auditorías concluidas y no de los procedimientos de responsabilidad derivados de éstas. Explicó que el solicitante pidió el grueso de los datos públicos que rodean esas auditorías, “otra cosa es que se sigan acciones concretas en contra de determinados funcionarios públicos”, estén o no en activo.

E insistió en que existe la convicción de que esa información no puede ser reservada y se debe favorecer su versión pública.

Según un comunicado, la solicitud fue requerida por un particular, pero el sujeto obligado respondió que dichos informes fueron turnados al área de Responsabilidades para integrar el procedimiento en contra de los servidores públicos involucrados en presuntos actos u omisiones administrativas.

Explicó que aún no se desahogan las correspondientes audiencias de ley para cada uno de los funcionarios, por lo que se reservó el contenido total de los expedientes con número de registro RE-0006/2017, RE-0007/2017, RE0013/2017 y RE-0023/2018, por un periodo de tres años.

El particular se inconformó e interpuso un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó como agravio la clasificación de la información. En sus alegatos, la SFP reiteró la reserva.

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