Transportistas no podrán mover mercancías sin Carta Porte
El primero de octubre vence el plazo del Servicio de Atención Tributaria para que empresas transportistas estén habilitadas para generar el Complemento Carta Porte y poder manejar envíos de mercancía en territorio nacional.
En 2021 se informó que la fecha límite para este nuevo trámite para el traslado de mercancías sería el 31 de diciembre, pero cámaras del autotransportes acordaron con el SAT una prórroga.
“Para el tema de Carta Porte todavía viene la finalización de la prórroga de comercio exterior, a partir del primero de octubre concluye ese periodo también de no tener sanciones por parte de los transportistas”, dijo Ángel Hernández Gaytán, delegado de CANACAR en Nuevo Laredo.
Además de dicho cumplimiento ante el SAT, habrá por parte de los agentes aduanales la solicitud del mismo para poder generar el pedimento necesario para mover las mercancías en carretera nacional y cruce a los Estados Unidos.
“Habrá por parte de los agentes aduanales de requerir el comprobante Carta Porte para los que hacemos servicio carretero y cruce. Hay una carga administrativa que viene a partir del primero de octubre que tenemos que tener los transportistas”, apuntó Hernández Gaytán.
Cada empresario que se dedica al Autotransporte debe adaptarse a los nuevos lineamientos para cumplir con la ley, de lo contrario habrá sanciones.
“Tenemos que adaptarnos a estos requerimientos de la ley, es muy importante que estén atentos los empresarios a avisos de la CANACAR”, agregó.