Oficializan creación del IMSS-Bienestar

31 agosto, 2022 • Ciudad de México
Oficializan creación del IMSS-Bienestar

Oficializan creación del IMSS-Bienestar

Durante la mañanera de este miércoles, el presidente López Obrador emitió el decreto de creación del organismo público descentralizado, denominado Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-Bienestar). De igual forma, este fue publicado el día de hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF), estableciendo que es un organismo no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio y autonomía técnica, operativa y de gestión, cuyo domicilio estará en la Ciudad de México.

El IMSS-Bienestar tendrá por objeto, brindar a las personas sin afiliación a las instituciones de seguridad social atención integral gratuita médica y hospitalaria con medicamentos y demás insumos asociados.

Lo anterior, ya sea mediante el Modelo de Atención Integral a la Salud, del Instituto Mexicano del Seguro Social o, en su caso, el Modelo de Atención a la Salud para el Bienestar, mismo que debe considerar la atención integral que vincule los servicios de salud y la acción comunitaria, según lo determine su Junta de Gobierno.

Cabe señalar que IMSS-Bienestar solo brindará los servicios de salud a las personas en aquellas entidades con las que celebre convenios de coordinación para la transferencia de dichos servicios.

El decreto de creación, emitido por la Presidencia de la República, establece que la administración del IMSS-Bienestar estará a cargo de una Junta de Gobierno, la cual deberá instalarse en un periodo no mayor a 30 días naturales a partir de la publicación del decreto, y de una Dirección General.

A partir de la entrada en vigor del decreto, el personal de nueva contratación que se requiera será contratado directamente por el IMSS-Bienestar.

La Junta de Gobierno se integrará por la persona titular del IMSS, quien la presidirá y tendrá voto de calidad y los titulares de las secretarías de de Salud; Hacienda y Crédito Público; del Trabajo y Previsión Social; y de Bienestar, entre otros.

El máximo órgano de gobierno contará con una Secretaría Técnica y una Prosecretaría, cuya persona titular será nombrada o removida por dicho órgano colegiado a propuesta de quien la presida y deberá ser ajena al organismo, pudiendo ser integrante o no de aquella. Los integrantes de la Junta de Gobierno, así como las personas titulares de la Secretaría Técnica y la Prosecretaría, ejercerán sus cargos a título honorífico, por lo que no recibirán retribución, emolumento, ni compensación alguna por su participación.

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