El gobierno federal, por medio de la Secretaría de Hacienda, ha desconocido como legítimo el paro indefinido iniciado por jueces, magistrados y trabajadores del Poder Judicial desde la madrugada de ayer. Ante esta situación, la Secretaría de Hacienda envió un documento a la Secretaría de Gobernación y al Poder Judicial solicitando al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) suspender el pago de salarios a los manifestantes e incluso proceder con su destitución si persisten en la huelga.
En el documento argumenta que el CJF incurrió en irregularidades al emitir la circular 16/2024, donde se informó al Tribunal Laboral Federal de Asuntos Colectivos sobre el inicio del paro, amparándose en la fracción X del apartado B del artículo 123 constitucional, referente a las huelgas de servidores públicos. Sin embargo, Hacienda señala que la competencia recae en el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, no en el mencionado tribunal.
Además, el documento critica que la circular no especifica el quórum y la votación de los consejeros para la emisión de la declaratoria de huelga. También se acusa al CJF de no cumplir con su responsabilidad de evitar un daño grave a la sociedad, provocado por la suspensión indefinida de actividades de los servidores públicos desde el pasado lunes.
En un apartado titulado «Análisis laboral y presupuestal, obligaciones del Consejo de la Judicatura Federal», se explica que, de acuerdo con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el CJF está obligado a pagar los salarios solo si los servidores públicos cumplen con sus funciones. Dado que el paro no ha seguido el procedimiento legal, los manifestantes incurren en «inasistencia injustificada», por lo que no tienen derecho a recibir su sueldo.
El documento subraya que el CJF debe exhortar a los servidores públicos a no interrumpir las actividades judiciales y advierte que la huelga, tal como está llevándose a cabo, constituye una falta grave que podría acarrear sanciones como descuentos salariales, destituciones, y procedimientos disciplinarios.
Finalmente, se insiste en que la suspensión de actividades es «ilegal», y se recuerda que los trabajadores tienen derecho a declararse en huelga, pero siguiendo un procedimiento establecido en la Ley Federal del Trabajo. Sin dicho procedimiento, el paro se considera una suspensión de labores, y los empleados tienen un plazo de 24 horas para reincorporarse al trabajo, de lo contrario, serán cesados.
La Procuraduría Fiscal de la Federación advierte que si el CJF no aplica el no pago de salarios a quienes no han trabajado «sin causa justificada», incurrirá en un daño al erario público.