El Senado de la República avaló por unanimidad una reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos que permitirá a funcionarios de instituciones como Pemex, la Comisión Federal de Electricidad (CFE), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y otros organismos estratégicos portar armas durante el ejercicio de sus funciones. Con 100 votos a favor y sin discusión en el pleno, el dictamen fue turnado al Ejecutivo para su eventual promulgación.
La reforma al artículo 24, fracción II, establece que los empleados de entidades públicas podrán portar armas bajo ciertas condiciones y requisitos establecidos por la ley y su reglamento. Esta disposición busca reforzar la seguridad en áreas consideradas estratégicas para el país, argumentando que las funciones que desempeñan estos organismos justifican la necesidad del uso de armamento autorizado por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
El dictamen también contempla cambios en la clasificación de calibres de uso exclusivo para las Fuerzas Armadas, incluyendo municiones como los cartuchos 5.7 x 28 mm, .357 en sus variantes y 5.56 mm. Además, se regulará el uso y transporte de armas accionadas por gas o aire comprimido, así como el traslado de armamento por parte de atletas de tiro olímpico entre sus domicilios y campos de entrenamiento.
Por último, se refuerzan los controles sobre armas en posesión de particulares, exigiendo que, en caso de fallecimiento del titular, se designe a un responsable legal del arma. También se prohíbe el uso no autorizado de dispositivos como silenciadores, visores térmicos, miras holográficas y designadores láser, argumentando que su uso eleva significativamente la letalidad del armamento.